Preguntas frecuentes

Visto: 10474

¿Qué servicio prestamos?

Con nuestros servicios podrá encontrar afiliación fácil y en línea a través de Agrupadora autorizada por el Ministerio de Saludpara realizar de forma integral los trámites y procedimientos relacionados con la Afiliación y contribución de aportes obligatorios ante Entidades prestadoras de salud (EPS), Riesgos laborales (ARL), Fondos Pensionales (AFP) y Cajas de Compensación Familiar (CCF). También en las situaciones que aplique, se realiza el pago establecido por Ley de Incapacidades tanto de enfermedad general como laboral

¿La agrupadora es Legal? ¿Cuenta con autorización del Ministerio de Salud?

 Avanti Colombia, asociación autorizada por el Ministerio de la Protección Social de Colombia, mediante Resolución Número 3640, que le permite acceder al Sistema de Gestión de Seguridad Social Integral (Salud, Pensiones, Riesgos Laborales) a los Trabajadores Independientes, Residentes en Colombia y en el exterior.

¿Tienen sede física?

Si. Tenga presente que en nuestras oficinas ÚNICAMENTE podrá radicar documentos, no se presta ningún tipo de asesoría. En la ciudad de Bogotá en la Cra. 7 N. 71-21 Torre: B Piso 13.

. Sin embargo estamos seguros que nuestro portal www.afiliacionindependiente.com y nuestra pasarela de pagos le permitirá ahorrar tiempo y dinero en desplazamientos

¿Cómo hacer los pagos?

A través de nuestro administrador de pagos podrá saber el valor del pago de afiliación a la asociación y realizarlo a través de tarjeta de crédito, tarjeta débito, puntos EFECTY, BALOTO, PSE, en el siguiente video conocerá cómo realizar sus aportes de una form fácil y segura https://www.youtube.com/watch?v=5stStqsjKDY

¿Debo regístrame en el sitio?

Si, porque tanto el soporte al cliente de FUNDAGOV como el trabajo de las empresas afiliadoras a las EPS, ARL, AFP y CCF se realizan a través de un sistema unificado, es necesario que el afiliado esté registrado para recibir la documentación, planillas y respuestas a sus solicitudes

¿Mis datos están seguros?

Sus datos personales son confidenciales y únicamente serán usados para la gestión de afiliación ante las entidades del sistema de seguridad social. Sus datos no serán suministrados a terceros, nunca recibirá ofertas comerciales o similares, para más información visite la sección de POLÍTICA DE PRIVACIDAD

¿Me envían información al correo?

Si, Únicamente enviaremos correos ocasionales sobre temas del estado de su afiliación o pagos. 

¿Qué documentos se requieren para afiliarme?

Para la mayoría de afiliados, sólo se requiere una copia legible de la cédula de ciudadanía, preferiblemente al 150%, que podrá adjuntar en nuestra web o a través de la aplicación móvil. Por la misma web o aplicación, podrá descargar 24 a 48 horas después los soportes de la afiliación y recibos de pago realizados.

HIJOS: Para recién nacidos y menores de 7 años, que se vayan a afiliar como beneficiarios ante la EPS, copia o foto legible del Registro Civil .

Para mayores de 7 años y menores de 18 años que se vayan a afiliar como beneficiarios ante la EPS, copia o foto legible del Registro Civil y de la Tarjeta de identidad.

PADRES: Padres que vayan a ser afiliados como beneficiarios ante la EPS, deberán anexar copia al 150% de su cédula de ciudadanía y el Registro Civil del Cotizante y la declaración de dependencia económica. Si el cotizante tiene hijos afiliados, deberá pagar una UPC adicional por el padre.

Padres que vayan a ser afiliados como beneficiarios ante la Caja de compensación, deben ser mayores de 45 años (madre), mayor de 50 años (padre), depender económicamente del afiliado, no ser beneficiario de un subsidio o beneficio o servicio social del gobierno, ni ser pensionado. Deberán anexar copia al 150% de su cédula de ciudadanía y el Registro Civil del Cotizante y la declaración de dependencia económica. El cotizante no debe tener hijos.

A partir de los 11 años anexar el Certificado de Estudio para el Subsidio de la Caja de Compensación.


Cédula de Extranjería con vigencia, pasaporte, contrato de prestación de servicios, para Extranjeros residentes en Colombia

¿Debo desplazarme?

Lo novedoso de nuestro servicio, es el desarrollo de una plataforma que agiliza el proceso de afiliación directamente con asesores de empresas afiliadoras a EPS, ARL, AFP y CCF. Es por eso que en la mayoría de los casos no se requiere un desplazamiento a una dirección física, porque el seguimiento lo podrá realizar en línea. Sin embargo para algunos casos especiales, se requerirá además de la copia del documento de identidad, una firma autógrafa o impresión dactilar, para esos casos contamos con un miembro del equipo que se desplazará hasta un punto acordado con el afiliado, para recolectar estos datos y continuar con el trámite de afiliación.

¿A qué entidades afilian?

A todas las E.P.S., A.F.P., A.R.L. y C.C.F. dentro de Colombia.

¿Quiero afiliarme pero no vivo en Bogotá?

No importa, como sabe la mayoría de las entidades tienen sede principal y administrativa en Bogotá, así que la afiliación que un tercero le realiza en su municipio, a la final va a la misma oficina en Bogotá.  Con nosotros puede saber que tiene contacto directo y un menor tiempo de respuesta. Para Cajas de compensación tenemos aliados en los principales departamentos del país.

¿Sobre que salario cotizan mi aportes?

A partir del salario mínimo legal vigente para la anualidad en la que se realiza la afiliación y aportes, en adelante de acuerdo a su necesidad.

¿La ARL me atiende en salud o tiene clínicas?

Las actividades que realiza la ARL en atención a salud por convenio interadministrativo, las debe prestar la EPS que usted eligió al momento de afiliarse, lo que reconocerá la ARL es la prestación económica o incapacidad.

¿Con qué riesgo me afilian a la ARL?

Dependiendo de la actividad económica o el oficio que desempeñe.

¿Puedo afiliarme únicamente a salud?

No, salvo algunas excepciones debe cotizar EPS y ARL, para los demás debe cotizar EPS, ARL, AFP y opcionalmente caja de compensación.

¿Si figuro como beneficiario(a) en la EPS, y voy a firmar un contrato de prestación de servicios debo afiliarme como cotizante?

Si, debe afiliase y cotizar, porque recuerde que las prestaciones económicas derivadas de cualquier accidente o alteración en su salud las debe cubrir la EPS y en calidad de beneficiario(a) no tiene esta cobertura.

¿Si tengo o tendré contrato de prestación de servicios debo cotizar al sistema?

Si, la legislación colombiana obliga a la cotización al sistema integral de seguridad y social

¿Qué es una Pensión?

Es una prestación económica de carácter vitalicio que se paga a los ex trabajadores que han cotizado y cumplen con los requisitos de ley, es decir, edad y tiempo de servicio o semanas cotizadas, en el caso del Régimen de Prima Media con Prestación Definida.

Su pago es mensual, no prescribe, no se puede renunciar al derecho de acceder a ella y al momento del fallecimiento se traslada a los sobrevivientes (conyugue e hijos menores de 18 años)
 

Si tengo veinte años de servicio cotizados a Cajanal hasta la fecha de liquidación de la entidad (último día de junio de 2009) y posteriormente cumplo la edad para acceder a mi pensión, ¿qué entidad me pensiona?

Si no se afilió al ISS, ni a un fondo privado, cuando cumpla la edad lo pensiona la UGPP.

Si se trasladó al ISS, cuando cumpla la edad debe solicitarle la pensión al ISS.
 

¿Qué es el Régimen de Transición?

Es un beneficio que le otorga la ley a los trabajadores que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 36 de la ley 100 de 1993 y que consisten en que se le respetan las condiciones de edad, y número de semanas o tiempo de servicio del régimen que le era aplicable antes del 1 de abril de 1994.
 

¿Quiénes tienen derecho al Régimen de Transición?

Según el artículo 36 de la ley 100 de 1993, tienen derecho al Régimen de Transición, todas las personas que al momento de entrada en vigencia el Sistema General de Pensiones, tenían 15 o más años de servicio laborados o cotizados, ó 35 años de edad en el caso de las mujeres y 40 años o más en caso de los hombres, siempre y cuando cumplan los requisitos antes del 2014.
 

¿Hasta cuándo está vigente el Régimen de Transición?

Hasta el 31 de julio de 2010, o hasta el año 2014, si a la entrada en vigencia del Acto legislativo No. 01 de 2005, usted tenía 750 semanas de cotización o su equivalente en tiempo de servicio.
 

¿A partir de cuándo y hasta cuándo se incrementa en número de semanas cotizadas?

A partir del año 2005 las semanas cotizadas pasan de 1000 a 1.050.

A partir del año 2006 y hasta el año 2015, se incrementan 25 semanas cada año hasta llegar a las 1.300 semanas en el año 2015.

Todo esto lo establece la Ley 797 de 2003:como requisitos para acceder a la pensión de vejez.
 

¿Si me pensiono después del año 2005 tengo derecho a la mesada 14?

No, las personas que cumplan los requisitos para pensión posterior a la vigencia del Acto Legislativo 01 de 2005, solo tendrán derecho a 13 mesadas al año, salvo que perciban una mesada pensional 

igual o inferior a 3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) y estos sean causados antes del 31 de julio de 2011.
 

¿Qué es el auxilio funerario?

Es una prestación económica que se genera cuando fallece el afiliado o pensionado por vejez o invalidez, se pagará a la persona que demuestre haber sufragado los gastos fúnebres o de entierro.

Este auxilio no se otorga por fallecimiento de los beneficiarios de afiliados o pensionado, ni cuando los gastos hayan sido pagados por un seguro contratado por el causante.
 

¿Qué es el Bono Pensional?

El Bono Pensional lo constituyen aportes destinados a la conformación del capital que se debió haber ahorrado hasta cuando el afiliado se trasladó de régimen, este bono le permite financiar su pensión de vejez una vez cumpla los requisitos legales establecidos.
 

¿Qué derechos tienen los hijos de un pensionado que fallece?

Tienen derecho a sustituir la pensión que éste recibía, siempre que se trate de hijos menores de 18 años y hasta los 25 años en caso que estén inhabilitados para trabajar por razón de sus estudios, y siempre que  los mismos dependieran económicamente del pensionado fallecido.